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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0485/2013-L
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0485/2013-L

    Fecha: 11-Jun-2013

    a)

    Con el derecho a réplica, señalaron: a) La circular 047/2011 de 24 de mayo, insta a los Registradores de DD.RR a proceder con la inscripción preventiva de los títulos a los que les falte un requisito subsanable; y, b) Para lograr la inscripción, acudieron ante los Jueces de Partido e Instrucción en lo Civil y no se ha logrado, considerando que la solicitud ya data del 27 de julio de 2011.

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • 1)
    • denegó
    • I.3. Consideraciones de Sala
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.8.
    • II.9.
    • II.13.
    • II.19.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.  Sobre la naturaleza jurídica de la acción de
    • III.2.  Sobre la anotación preventiva
    • Fragmento 18
    • para que los fundamentos de una demanda de amparo constitucional puedan ser analizados en el fondo, la parte accionante, debe haber utilizado hasta agotar todos los medios y recursos legales idóneos para la tutela de sus derechos sea en la vía jurisdiccional o administrativa
    • III.4. Análisis del caso concreto
    • III.5.  Otras consideraciones

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