SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0485/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0485/2013-L

Fecha: 11-Jun-2013

denegó

La Sala Civil, Social, de Familia, de la Niñez y Adolescencia de la Corte Superior del Distrito Judicial -ahora Tribunal Departamental de Justicia- de Pando, constituida en Tribunal de garantías, por Resolución 16 de 22 de agosto de 2011, cursante de fs. 92 a 94, denegó la tutela solicitada, con base en el siguiente fundamento: Por la documentación adjunta y el tenor de la demanda, los accionantes de forma posterior a la respuesta del Registrador de DD.RR. -ahora demandado- acudieron ante otras autoridades con la misma solicitud, es decir, ante los jueces de partido e instrucción en lo civil; lo que supone que los accionantes están de acuerdo con el acto reclamado. La jurisdicción constitucional sólo podrá analizar aquellos actos u omisiones que fueron reclamados oportunamente ante la vía judicial o administrativa, por lo que no corresponde otorgar la tutela solicitada; sin embargo, se exhorta al Registrador de DD.RR. a realizar la anotación preventiva solicitada y ante su negativa podrán emitir la orden judicial pertinente tanto los jueces de partido como los de instrucción en lo civil, sin tener en cuenta la cuantía.