Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0508/2013-L
Fecha: 18-Jun-2013
II.4.
II.4. Por Auto de Vista 609/05 de 20 de octubre de 2005, la Sala Penal Primera de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, revocó la sentencia de primera instancia señalada supra, indicando que ésta era contradictoria e incoherente y que no guardaba relación con los antecedentes del proceso, declarando finalmente al accionante autor de los delitos de incumplimiento de deberes, privación de libertad, vejación y torturas, condenándole a sufrir una pena privativa de tres años y seis meses (fs. 54 a 57).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- I.4. Trámite procesal en el Tribunal Procesal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. De la valoración de la prueba por la jurisdicción constitucional
- III.3.
- III.4. En cuanto a los Fiscales señalados como terceros interesados por el accionante
- III.5. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR