Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0536/2013-L
Fecha: 25-Jun-2013
II.8.
II.8. Por nota AREA ADM - FIN 71 de 25 de agosto de 2011, emitida por la autoridad demandada, se notificó a la accionante con el rechazo al recurso administrativo de impugnación al RA de Adjudicación 018/2011, sobre el proceso de contratación ANPE - UBESAN 007/2011, sobre “Adquisición de aceites y lubricantes para el proyecto de construcción asfaltado del tramo Bermejo - San Antonio”, en el marco del art. 95.I del DS 0181, refiriendo que conforme al formulario 100 “que se encuentra en línea del SICOES” (sic), fue publicado el 9 de agosto de 2011, y el recurso fue planteado el 18 del mismo mes y año, encontrándose fuera de plazo (fs. 43).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1
- a)
- I.2.1.
- 1)
- i)
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- cuando se planteó el recurso pero de manera incorrecta, que se daría en casos de planteamientos extemporáneos o equivocados
- ARTÍCULO 95.- (REQUISITOS PARA LA PRESENTACIÓN DEL
- III.3. Análisis en el caso concreto
- Fragmento 22
- denegar
- CONFIRMAR