SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0552/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0552/2013-L

Fecha: 28-Jun-2013

II.4.

II.4.          El ahora accionante mediante memorial de 30 de mayo de 2011, dirigido al Juzgado Tercero en lo Civil y Comercial, refirió que la martillera aceptó dicho cargo cuando precluyó su derecho, motivo por el cual no podía llevar adelante el remate, por lo que solicitó, se ordene la suspensión de dicho acto; ese escrito mereció decreto de 31 del mismo mes y año, disponiendo traslado a las partes (fs. 191 a 192).