SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0552/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0552/2013-L

Fecha: 28-Jun-2013

II.7.

II.7.    Por acta de remate de 1 de junio de 2011, Nedenka Dávila Antezana, Martillera Judicial 14 del Distrito Judicial -ahora departamento- de Santa Cruz, acreditó que en cumplimiento de la Resolución de 12 de abril de 2011, se dio curso a la audiencia de remate, haciéndose acreedor del bien inmueble Raúl Humberto Lema Toledo, en comisión por la “Planta Industrial Don Guillermo Ltda.” e “Industrias La Bélgica”; expone también que la audiencia fue interrumpida por David Añez Alí, quien se identificó como representante de CIASA y solicitó que se suspenda el acto por estar “fuera de legalidad”, a lo que la mencionada martillera le indicó que acuda a las vías legales para hacer valer sus derechos; provocando que el referido representante comience a proferir amenazas a dicha funcionaria judicial, ocasionando un “un gran escándalo conjuntamente con varias personas que lo acompañaban” (sic); suceso en el que intervinieron los efectivos policiales para poner orden en la sala (fs. 217 a 218).