SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0567/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0567/2013-L

Fecha: 28-Jun-2013

I.1.1

El hoy accionante fue procesado y sentenciado en rebeldía dentro del proceso penal seguido a instancia del Ministerio Público; Julio Lazarte Mollo y Aurora Rodríguez de Lazarte, por los delitos de falsedad material e ideológica, proceso en el cual se dictó la resolución sustentada en actuaciones ilegales; toda vez, que existieron notificaciones irregulares, como la realizada con el Auto de Vista de 24 de abril de 2010, que fue diligenciada en un domicilio procesal erróneo y el cual nunca fue fijado por el defensor de oficio ni por su representado, siendo este acto nulo de pleno derecho y contrario a lo establecido por el anterior Código de Procedimiento Penal con el que fue tramitada la causa y la Ley del Órgano Judicial de 18 de febrero de 1993.

Asimismo, indicaron que el oficial de diligencia, al realizar la referida notificación ilegal, presuntamente cometió los delitos de falsedad material e ideológica, que provocó la detención ilegal e indebida de Miguel Ángel Vargas Roffe, a quien se le dejó en indefensión al coartarle su derecho de impugnación y a la doble instancia, al no permitirle conocer oportunamente el Auto de Vista, para poderla recurrir en casación; alegan que a pesar de la ilegalidad y nulidad absoluta de la diligencia de notificación con el Auto de Vista referido, mediante Auto de 17 de junio de 2011, la Sala Penal Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, declaró ejecutoriado el mismo, disponiendo la detención ilegal e indebida del accionante, sin considerar que al ser nula de pleno derecho la notificación practicada con el Auto de Vista de 24 de abril de 2010, todos los demás actuados se encuentran igualmente viciados de nulidad.