SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0579/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0579/2013-L

Fecha: 28-Jun-2013

III.5.2.  El derecho a la tutela judicial efectiva

Sobre la posible vulneración de este derecho, previsto en el art. 115.I de la CPE; y entendido como la facultad, potestad que tiene toda persona de acudir ante la autoridad jurisdiccional competente, con el objeto de lograr, previo proceso, una decisión judicial sobre el fondo de la pretensión planteada en la demanda, derecho que no solo está reconocido a favor de los imputados en materia penal, sino también a favor de la víctima, por equidad de condiciones en la que se encuentran dentro del proceso; corresponde indicar, que de la revisión de antecedentes, no se evidencia que la Jueza demandada, hubiese privado a Rocio Peñaranda Gamarra, de acceder a la justicia en propósito de hacer valer sus derechos y lograr una decisión judicial, ya que como se tiene descrito, el proceso penal se encuentra en la etapa de juicio, donde la accionante tiene participación. En tal sentido, no corresponde otorgar la tutela solicitada, en relación a este derecho.