Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0594/2013-L
Fecha: 28-Jun-2013
II.5.
II.5. Auto de 13 de mayo de 2011 pronunciado por Rosario Moreno Loza, Jueza Segunda de Instrucción en lo Civil de El Alto, que establece que en apelación y mediante “Auto de Vista 341/2010” pronunciado por el citado Juez Cuarto de Partido en lo Civil y Comercial de El Alto, se aprobó y confirmó la “Sentencia” 186/2010 de 10 de junio y que por Auto de 17 de enero de 2011, se declaró ejecutoriado el Auto de Vista indicado, quedando en forma tácita también ejecutoriada la “Sentencia”, habiendo sido notificadas las partes con el “Auto” indicado, el 26 de enero “del año en curso” (fs. 48).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Fragmento 3
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de
- III.2. Del principio de inmediatez y del cómputo del plazo para la impugnación de resoluciones judiciales o administrativas
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR