SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0735/2013
Fecha: 06-Jun-2013
Luis Hilarión Quispe Ticona
Respecto a Luis Hilarión Quispe Ticona, de la misma forma, a través del certificado de trabajo y las tres últimas boletas de pago de los meses de septiembre, octubre y noviembre de 2012, se demuestra que éste ingresó a trabajar a la entonces SAMAPA el 13 de noviembre de 1996, y desempeñaba funciones de forma continua e ininterrumpida a pesar de las transiciones de dicha empresa a la finalmente denominada EPSAS S.A., cumpliendo sus funciones de Jefe del Departamento de Laboratorio de manera sobresaliente, habiendo el 12 de abril de 2012, comunicado a la empresa el embarazo de su esposa, adjuntando la documentación que acreditaba aquello y posterior nacimiento de su hija, haciéndose acreedor a las asignaciones familiares de subsidio desde ese mes; empero, el empleador desconociendo la inamovilidad por paternidad destituyeron al accionante entregándole el 26 de noviembre de 2012, mediante carta notariada el memorándum de 22 del mismo mes y año, de agradecimiento de servicios por supuestos factores de organización.
- acción de amparo constitucional
- José Alberto Ordoñez Torrico
- Luis Hilarión Quispe Ticona
- a)
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- concedió en parte
- II.1.1.
- II.1.2.
- II.1.3.
- II.1.4. El 22 de noviembre de 2012
- II.1.5.
- II.1.9.
- II.2.1.
- II.2.2.
- II.2.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1 El derecho a la estabilidad o inamovilidad laboral reforzada de los padres hasta que la hija o el hijo cumpla un año de edad consagrado en el art. 48.VI de la CPE
- (1) La protección de la maternidad por parte del Estado
- (2) La protección de la hija o hijo, por parte del Estado en sus necesidades más apremiantes hasta que cumpla un año de edad
- la protección del derecho al trabajo de los padres
- entre otros supuestos
- III.2. Jurisprudencia reiterada sobre la excepción al principio de subsidiariedad en la acción de amparo constitucional en supuestos de protección al derecho a la estabilidad o inamovilidad laboral reforzada de los padres hasta que la hija o el hijo cumpla un año de edad
- I.
- podrán
- fue despedido de su fuente laboral el
- motivo del despido
- fue despedido de su fuente laboral el 22 de noviembre de 2012
- CONFIRMAR