Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0779/2013
Fecha: 10-Jun-2013
I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
Los accionantes consideran que se vulneraron sus derechos a la tutela judicial efectiva “o acceso a la jurisdicción” y al debido proceso, en sus elementos del principio de legalidad y derecho a la motivación de las resoluciones, citando al efecto los arts. 115.I y II de la CPE; y 8.1 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.2.1. Ratificación de la acción
- a)
- denegó
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Sobre la subsidiariedad en la acción de amparo constitucional
- las autoridades judiciales o administrativas no han tenido la posibilidad de pronunciarse sobre un asunto porque la parte no ha utilizado un medio de defensa ni ha planteado recurso alguno,
- III.3. La actividad procesal defectuosa y los medios de impugnación existentes en los procesos penales
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR