SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0828/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0828/2013

Fecha: 11-Jun-2013

III.4. Análisis del caso concreto

El accionante a través de su representante, denuncia que se le ha lesionado el derecho a la libertad, afectando el principio de celeridad; toda vez que, el Juez demandado señaló audiencia pública para considerar el criterio de oportunidad reglada a su favor, como una salida alternativa a solicitud del Fiscal de Materia, para el día 21 de febrero de 2013, a partir de horas 9:35, con todas las formalidades inherentes a dicho actuado; empero, dicha audiencia no fue instalada, menos se comunicó de la suspensión con la debida anticipación del caso, fijando nueva audiencia para el 4 de marzo del referido año; es decir, once días después de la suspensión, a raíz de una verificación anual de datos que debía efectuarse en dicho Juzgado a horas 8:30 por parte del Consejo de la Magistratura.

Conforme los antecedentes que informan el presente caso, se establece que el Ministerio Público a través del fiscal de sustancias controladas, presentó imputación formal contra el accionante, por la presunta comisión del delito de tráfico de sustancias controladas; posteriormente, solicitó al Juez demandado, la aplicación de una salida alternativa de criterio de oportunidad reglada a favor del imputado -hoy accionante-.