SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0829/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0829/2013

Fecha: 11-Jun-2013

Fragmento 25

               El ahora accionante con similares fundamentos manifestó que se encuentra injusta e indebidamente detenido, por cuanto no obstante a que el Tribunal Quinto de Sentencia Penal, del departamento de La Paz, mediante Resolución de 29 de noviembre de 2006, le otorgó la cesación a su detención preventiva y el cumplimiento de medidas sustitutivas a su favor, el Presidente ahora demandado del Tribunal Sexto de Sentencia Penal, del mismo departamento, bajo el simple argumento que no era de su competencia aplicar dicha Resolución, sino del Juez de Ejecución Penal y Supervisión, se negó a cumplir dicha decisión, originándole obstrucción y negación de justicia, por cuanto a causa de un mandamiento de detención preventiva que le fue aplicado en su contra, por la supuesta comisión de los delitos de estafa y estelionato que le fueron atribuidos, cuya pena tienen fijada como mínimo un año y máximo cinco años, guarda detención por más de ocho años en el Centro Penitenciario de San Pedro.