SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0840/2013
Fecha: 11-Jun-2013
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante alega la vulneración de sus derechos al debido proceso, al acceso a la justicia de manera efectiva, a la defensa y al principio de “seguridad jurídica”, toda vez que las autoridades demandadas al emitir el Auto Interlocutorio Definitivo S2° 21/2012 de 2 de agosto, indicando que no tienen competencia para admitir la demanda contenciosa administrativa en la que impugna la RA 203/2012 de 6 de junio, emitida por el Director Nacional a.i. del INRA, incumplieron las disposiciones legales establecidas en materia agraria, persistiendo las vulneraciones y contravenciones de la normativa agravia vigente concerniente a las rectificaciones y a la jurisprudencia agraria citada para el caso particular.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- concedió
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- Fragmento 11
- III.2. Recursos administrativos y proceso contencioso administrativo en materia agraria
- Fragmento 13
- resoluciones administrativas, que no definan derecho propietario, serán susceptibles de impugnación mediante los recursos administrativos previstos en este Reglamento, y no podrán impugnarse mediante acción contencioso
- III.
- REVOCAR