SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0840/2013
Fecha: 11-Jun-2013
III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
El amparo constitucional es una acción de defensa de los derechos fundamentales y de las garantías constitucionales, se activa contra actos u omisiones ilegales o indebidas de los servidores públicos, o de particulares, que restrinjan, supriman o amenacen restringir o suprimir los derechos fundamentales reconocidos por la Constitución Política del Estado; su ámbito de protección no alcanza a los derechos que se encuentran protegidos por las otras acciones de defensa previstas constitucionalmente.
La vigencia y aplicabilidad de esta acción se encuentra firmemente vinculada con la garantía de goce efectivo de los derechos fundamentales, la cual tiene una doble dimensión, de un lado la protección de los derechos en su vertiente subjetiva; y del otro, la protección de los derechos como ordenamiento objetivo (orden objetivo de valores) del Estado Plurinacional de Bolivia, en cuanto a que los derechos fundamentales constituyen un marco de convivencia humana justa y pacífica, en busca de la construcción de una sociedad en la que, como expresa el tercer párrafo del Preámbulo de la Constitución Política del Estado, exista “…igualdad entre todos, con principios de soberanía, dignidad, complementariedad, solidaridad, armonía y equidad en la distribución y redistribución del producto social, donde predomine la búsqueda del vivir bien; con respeto a la pluralidad económica, social, jurídica, política y cultural de los habitantes de esta tierra; en convivencia colectiva con acceso al agua, trabajo, educación, salud y vivienda para todos”. Por ende, se puede caracterizar esta acción como un mecanismo procesal de tutela inmediata de derechos y garantías constitucionales, público, sumario, subsidiario, ágil en la protección que brinda, de ejecución inmediata y que no reconoce fueros, privilegios, inmunidad, ni prerrogativa alguna.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- concedió
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- Fragmento 11
- III.2. Recursos administrativos y proceso contencioso administrativo en materia agraria
- Fragmento 13
- resoluciones administrativas, que no definan derecho propietario, serán susceptibles de impugnación mediante los recursos administrativos previstos en este Reglamento, y no podrán impugnarse mediante acción contencioso
- III.
- REVOCAR