Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0842/2013
Fecha: 11-Jun-2013
CONFIRMAR
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Segunda; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve CONFIRMAR la Resolución 2/13 de 7 de febrero de 2013, cursante de fs. 103 a 105 vta., pronunciada por la Sala Penal y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Pando; y en consecuencia, CONCEDER la tutela solicitada, conforme a los términos expuestos por el Tribunal de garantías..
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- 2)
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Protección excepcional de la acción de amparo constitucional prescindiendo de la subsidiariedad frente a medidas de hecho
- III.3. El derecho a la inviolabilidad del domicilio
- III.4. Sobre el “vivir bien”, su aplicabilidad a medidas de hecho y la inviolabilidad del domicilio
- III.5. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR