Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0842/2013
Fecha: 11-Jun-2013
II.2.
II.2. Cursan las entrevistas informativas 11/2013 y 12/2013 de 30 de enero, y el informe psicológico 06/2013 y 07/2013 de 6 de febrero, de los hijos menores de Estela Caya Yubanera, ante el psicólogo Adalid Portillo Bautista de la Fiscalía Departamental de Pando; en los que se indica que Jacinto Apaza Zambrana y otras personas les hicieron salir de la casa bajo amenaza de quemarla, e incluso sacaron sus pertenencias a la calle y que desde que fueron desalojados no habrían regresado a su vivienda (fs. 48 a 56).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- 2)
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Protección excepcional de la acción de amparo constitucional prescindiendo de la subsidiariedad frente a medidas de hecho
- III.3. El derecho a la inviolabilidad del domicilio
- III.4. Sobre el “vivir bien”, su aplicabilidad a medidas de hecho y la inviolabilidad del domicilio
- III.5. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR