Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0849/2013
Fecha: 17-Jun-2013
II.1.
II.1. Cursa Resolución de 13 de agosto de 2011, por la cual el Juez Quinto de Instrucción en lo Penal, dispuso la detención preventiva de Santiago Mamani Fuentes en la “cárcel de San Sebastián (varones)”. Además, por fallo de la misma fecha, dicha autoridad judicial declinó competencia en razón de territorio, ante el Juez de Instrucción Mixto, Liquidador y cautelar de Tapacarí del departamento de Cochabamba (fs. 17 vta. a 19).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- Consuelo Margot Carrillo Claros
- Karem Lorena Gallardo Sejas
- Wilfredo Patiño Soria
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- i)
- III.1. Reiteración a la jurisprudencia que establece los requisitos para que la acción de libertad tutele elementos del debido proceso en acciones de libertad
- a)
- 1)
- III.2.1. Respecto a que el Juez de Sentencia Penal de Capinota no tenía competencia y su abogada defensora le dejó en indefensión
- III.2.2. Sobre las Vocales de la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba
- en lugar de activar inmediatamente la acción libertad, decide voluntariamente, realizar una nueva petición ante la autoridad ordinaria, tendiente a un nuevo análisis y reconsideración de su situación jurídica
- III.2.3. Respecto de Consuelo Margot Carrillo Claros, Jueza Primera de Sentencia Penal de Quillacollo del departamento de Cochabamba
- III.2.4. Respecto de los Vocales de la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba
- III.3. Otras consideraciones
- CONFIRMAR