Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0895/2013
Fecha: 20-Jun-2013
acción de amparo constitucional
En revisión la Resolución 58/013 de 20 de febrero de 2013, cursante de fs. 307 a 310 vta., pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Hipólito Tapia Montaño y Teresa Villarroel de Tapia contra María Lourdes Bustamante Ramírez y Silvana Rojas Panoso, Presidenta y Magistrada respectivamente, de la Sala Penal Liquidadora del Tribunal Supremo de Justicia.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. De la acción de amparo constitucional
- III.3. Sobre el derecho de petición
- III.4. Sobre la fundamentación y motivación en las resoluciones judiciales
- III.5. El principio de congruencia en las resoluciones judiciales
- III.6. Análisis del caso concreto
- 1º REVOCAR