Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1001/2013
Fecha: 27-Jun-2013
Fragmento 14
De acuerdo a la documentación de antecedentes del expediente, la accionante mediante memorial de 17 de enero de 2013, solicitó al Alcalde del Gobierno Autónomo Municipal de Mizque solicito fotocopias legalizadas de todo el procedimiento que se siguió para proceder a la paralización de obras de su inmueble ubicado en calle Sucre esquina Viscarra s/n de Mizque, pidiendo en su otrosí segundo se proporcionen fotocopias simples de los Manuales de Funciones de la MAE, del Concejo Municipal, y de la oficina de Catastro.
- Fragmento 1
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- concedió
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. De la acción de amparo constitucional
- III.3. Respecto al derecho de petición
- “
- la persona cuya petición verse sobre la extensión de fotocopias legalizadas, puede acceder a las mismas; empero, cumpliendo ciertas exigencias
- el derecho a la petición
- Fragmento 14
- III.4. Análisis del caso concreto
- concedido
- 1º