SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1017/2013
Fecha: 27-Jun-2013
2)
2) En cuanto al párrafo IV de fs. 258 de la sentencia, se refiere como si la parte ejecutante, habría contestado excepciones de fs. 162 a 163 vta.; sin embargo, de la revisión de los datos del proceso evidencian que lo correcto es fs. 162 a 164; en virtud a ello, corrigen tal error debiendo quedar en el párrafo IV de la Sentencia de fs. 258, con fs. 162 a 164.
2° Dispone que los Vocales de la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, a partir de la notificación con la presente Resolución y tomando en cuenta los fundamentos de la misma, en el plazo de veinticuatro horas, dicten una nueva resolución debidamente fundamentada, siempre y cuando no se hubiese emitido ya una nueva resolución en cumplimiento de la concesión dispuesta, por el Tribunal de garantías.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.1.3. Petitorio
- 1)
- i)
- “otorgó”
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- 2)
- II.4.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. El debido proceso en su elemento de fundamentación y motivación de las resoluciones
- es imprescindible que dichas Resoluciones sean suficientemente motivadas y expongan con claridad las razones y fundamentos legales que las sustentan y que permitan concluir, que la determinación sobre la existencia o inexistencia del agravio sufrido fue el resultado de una correcta y objetiva valoración de las pruebas
- la motivación como elemento configurativo del debido proceso debe contener los siguientes aspectos a saber: a) Debe determinar con claridad los hechos atribuidos a las partes procesales, b) Debe contener una exposición clara de los aspectos fácticos pertinentes, c) Debe describir de manera expresa los supuestos de hecho contenidos en la norma jurídica aplicable al caso concreto, d) Debe describir de forma individualizada todos los medios de prueba aportados por las partes procesales, e) Debe valorar de manera concreta y explícita todos y cada uno de los medios probatorios producidos, asignándoles un valor probatorio específico a cada uno de ellos de forma motivada, f) Debe determinar el nexo de causalidad entre las denuncias o pretensiones de las partes procesales, el supuesto de hecho inserto en la norma aplicable, la valoración de las pruebas aportadas y la sanción o consecuencia jurídica emergente de la determinación del nexo de causalidad antes señalado
- III.3. Análisis del caso concreto