SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1017/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1017/2013

Fecha: 27-Jun-2013

II.7.

II.7.   Por Auto de 2 de junio de 2011, el Juez Quinto de Partido en lo Civil y Comercial del mencionado departamento, concedió los recursos de apelación en efecto devolutivo, interpuestos contra la Sentencia 2/2011 de 4 de enero, disponiendo la remisión del expediente original ante el Tribunal Departamental de Justicia. En ese entendido, los Vocales de la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, mediante Auto de 23 de diciembre de 2011, en aplicación de los arts. 3.1, 90, 219, 227, 236, 237.I inc. 4), 24 y 25 de la LAPCAF, 15 de la Ley de Organización Judicial (LOJ.1993); 115.I y 180.II de la CPE, “ANULÓ” obrados hasta fs. 302 inclusive, debiendo el Juez a quo, dar cumplimiento a lo establecido por el art. 25 de la LAPCAF y “CONCEDER” el recurso de apelación en efecto diferido.