SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1034/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1034/2013

Fecha: 27-Jun-2013

II.4.

II.4.  El informe del funcionario policial Doroteo Quispe Alegría al Fiscal de Materia Rubén Arciénega Llano de 5 de septiembre de 2012, sobre el hecho ocurrido el 12 de junio de ese año, en el Salón Rojo de la Alcaldía de Challapata, en cumplimiento al requerimiento fiscal de esa localidad, resumidamente se puede sintetizar de la siguiente manera: i) El 12 de junio de 2012, aproximadamente a horas 20:50, a denuncia de autoridades originarias del Distrito Indígena de Culta en sentido que los ahora accionantes estaban siendo agredidos verbal y físicamente por un grupo de personas encabezados por el concejal Pánfilo Condori Choque y otros en el Salón Rojo de la Alcaldía de Challapata, obligándoles a firmar cartas de renuncia a sus cargos de concejales, se constituyó conjuntamente con el funcionario policial Iván Choque y otros a la puerta de la citada institución edil, donde se percataron que había alboroto, bulla y escándalo y cuando quisieron ingresar, los pobladores que custodiaban la puerta autoritariamente no los dejaron ingresar, y los amenazaron con agresiones físicas señalando textualmente “…si, intervienen en este conflicto les vamos hacer lo mismo que los concejales Pedro Llanque Marcos, Evelia Chavisiri y Arturo Colque Humeres, mejor es que se vayan si no quieren que les azotemos y otras palabras…”; ii) Cuando estaban pretendiendo ingresar escucharon gritos que salían del Salón Rojo de la indicada Alcaldía, indicando: “que firmen su renuncia los corruptos concejales, sino firman no salen”; iii) Al percatarse que seguían intentando ingresar al Salón Rojo, salieron más comunarios a la puerta de forma violenta con lo que les rebasaron, por lo que tuvieron que retirarse del lugar y no pudieron auxiliar a los accionantes; sin embargo, de los gritos, constataron que seguían siendo fustigados; y, iv) Las personas gritaban enojadas sáquenlos a “patadas” a esos policías, por lo que -afirman- que por cuidar su integridad física se habrían replegado a sus oficinas (fs. 24).