Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIACONSTITUCIONALPLURINACIONAL 0462/2013-L
Fecha: 07-Jun-2013
II.1.
II.1. Memorial de 5 de julio de 2011, dirigido a la Jueza Primera de Instrucción de Familia, señalando el accionante la imposibilidad de traslado de su hija por motivos de estudio, ya que un viaje repentino afectaría su derecho a la educación; con relación a la multa, debido a sus gastos en salud se le imposibilita realizar el pago, por lo que pidió se deje sin efecto al auto de 31 de mayo de 2011, suscrito por el accionante (fs. 4).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1.Hechos que motivan la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. De los requisitos de admisión en la acción de amparo constitucional
- III.3. Del análisis obligatorio que deben realizar los jueces y tribunales de garantías previa admisión de esta acción tutelar
- por
- III.4. Análisis del caso concreto
- incumpliendo de esta manera la exigencia de señalar con precisión la tutela que se solicita, porque el Juez está obligado a conferir solamente lo que se pide.
- CONFIRMAR