En conocimiento la queja por incumplimiento de la SCP 0276/2012 de 4 de junio, pronunciada dentro de la acción popular interpuesta por
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

En conocimiento la queja por incumplimiento de la SCP 0276/2012 de 4 de junio, pronunciada dentro de la acción popular interpuesta por

Fecha: 18-Jul-2013

NO HA LUGAR

El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Primera Especializada; de conformidad a lo dispuesto por el art. 16.II del Código Procesal Constitucional, en conocimiento de una denuncia por demora e incumplimiento en la ejecución de decisión constitucional, resuelve: NO HA LUGAR a la denuncia por incumplimiento a la SCP 0276/2012 de 4 de junio, en los términos argumentados en el Fundamento Jurídico III.4 del presente Auto Constitucional Plurinacional.