SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0602/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0602/2013-L

Fecha: 03-Jul-2013

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El accionante alega la vulneración de sus derechos al debido proceso -en su vertiente de la motivación y fundamentación de las resoluciones judiciales-, a la igualdad, y de acceso a la justicia, así como el principio de seguridad jurídica, alegando que el Auto Supremo 103, que resolvió la revisión extraordinaria de sentencia impetrada por el condenado Marcelo Velásquez Paz Soldán, en mérito a la causal contenida en el art. 421 inc. 1) del CPP, anuló la Sentencia condenatoria de 6 de junio de 2005, emitida por el Tribunal de Sentencia Penal de Villa Tunari, modificando la pena de treinta años a doce años de presidio; fallo pronunciado sin la debida fundamentación y motivación, revalorizando prueba cuya facultad sería privativa del Tribunal de instancia en virtud al principio de inmediación ni explicar por qué se dio lugar a la revisión de un fallo anterior en base a otro posterior, contrariando la disposición legal aludida. En consecuencia, compele en revisión verificar si tales extremos son evidentes, a fin de conceder o denegar la tutela impetrada.