SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0635/2013-L
Fecha: 15-Jul-2013
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Los accionantes denunciaron la vulneración de sus derechos al trabajo, a la estabilidad laboral, a la “seguridad jurídica” y el acceso a la seguridad social, debido a que “Praxair Bolivia SRL”, concluyó la relación laboral sin justificación alguna; ante lo cual, recurrieron a la Jefatura Departamental de Trabajo de La Paz dependiente del Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, solicitando su reincorporación en el marco del DS 0495 y la RM 868/2010; por lo que, la autoridad administrativa del Trabajo conminó a proceder de acuerdo a lo solicitado, así como al pago de los salarios devengados y demás derechos sociales actualizados mediante memorándum FJSE-038-RFS/10 de 15 de octubre de 2010, notificado el 18 del citado mes y año, la empresa demandada omitió su cumplimiento. En consecuencia, corresponde en revisión, verificar si tales extremos son evidentes a fin de conceder o denegar la tutela solicitada.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1)
- i)
- a)
- I.2.4. Intervención del Ministerio Público
- concedió
- Fragmento 8
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. El carácter subsidiario de la acción de amparo constitucional tiene su excepción, en razón a la necesidad de protección inmediata que requieren algunos derechos constitucionales
- Fragmento 18
- III.3. La protección del derecho al trabajo
- III.4. La estabilidad laboral como derecho fundamental
- III.5. El derecho a la salud
- Fragmento 22
- III.6. Sobre la aplicación del
- III.7.1. En cuanto a la vulneración del derecho a la estabilidad laboral y a la salud inmersas dentro del derecho al trabajo
- III.7.2. En cuanto al cumplimiento de la conminatoria emitida por la Jefatura Departamental de Trabajo de La Paz
- CONFIRMAR