SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0668/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0668/2013-L

Fecha: 18-Jul-2013

52

           La SC 1141/2006-R de 13 de noviembre, refiriéndose a la SC 0048/2005, de 28 de julio, respecto a la conformación de los Tribunales de Sentencia señaló que: '“(…) Las normas previstas por el art. 52 del CPP disponen que los tribunales de sentencia, como tribunales competentes en materia penal, están conformados por dos jueces técnicos y tres jueces ciudadanos, y son competentes para el conocimiento, sustanciación y resolución de los juicios en todos lo delitos de acción pública; excepto aquellos que por mandato del art. 53 del CPP corresponde tramitar a los jueces de sentencia.