Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0688/2013-L
Fecha: 19-Jul-2013
II.3.
II.3. Por informe de 3 de junio de 2011, el Profesional I del Departamento de Licitaciones Adjudicaciones y Contratos recomendó al Director de Contrataciones la anulación del proceso de contratación de 6 de abril del mismo año, por inobservancia a la normativa de contrataciones vigente (fs. 267 a 268).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Fragmento 3
- a)
- 1)
- i)
- “denegó”
- Fragmento 8
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Sistema de Contratación de Bienes y Servicios en la Administración Pública
- III.3. La anulación de los procesos de contratación en el Sistema de Contratación de Bienes y Servicios
- III.4. Marco normativo aplicable a los procesos de contratación pública
- III.5. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR