Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0697/2013-L
Fecha: 19-Jul-2013
acción de libertad
En revisión la Resolución 420/11 de 1 de noviembre de 2011, cursante de fs. 633 a 636 vta., pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por Julio Ariel Coronado López en representación sin mandato de Oscar Villa Trigo contra Ana María Forest Cors, Jorge Monasterio Franco y Ramiro Guerrero Peñaranda, Ministros de la Sala Penal Primera y Segunda respectivamente, de la Corte Suprema -ahora Tribunal Supremo- de Justicia.
- acción de libertad
- I.1.1.Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- I.2.3. Intervención del Ministerio Público
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- i)
- III.1. Naturaleza jurídica, alcances y ámbitos de tutela de la acción de libertad
- a) El acto lesivo, entendido como los actos ilegales, las omisiones indebidas o las amenazas de la autoridad pública, denunciados, deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión; b) Debe existir absoluto estado de indefensión, es decir, que el recurrente no tuvo la oportunidad de impugnar los supuestos actos lesivos dentro del proceso y que recién tuvo conocimiento del mismo al momento de la persecución o la privación de la libertad"
- III.3. Análisis del caso concreto
- 1)
- CONFIRMAR