Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0737/2013-L
Fecha: 22-Jul-2013
I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
Señala la lesión de sus derechos al debido proceso, a la defensa, al trabajo y a la estabilidad laboral, así como al principio de seguridad jurídica invocando los arts. 46.I, 48.I, II y III, y 119.II de la Constitución Política del Estado (CPE). Asimismo, en audiencia invocó los arts. 49.3, 115, 117 y 180 de la Norma Suprema, 8 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, 14 del Pacto Internacional de Derechos, Civiles y Políticos (PIDCP), 6 y 7 del Protocolo Adicional a la Convención Americana de Derechos Humanos y 4 del Convenio 158 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y 4 del Convenio “178” (sic) de la OIT.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- concedió
- I.3. Consideraciones de Sala
- I.4 Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Respecto de los funcionarios públicos de carrera administrativa y provisorios
- III.3. Análisis del caso concreto
- REVOCAR