SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1130/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1130/2013

Fecha: 18-Jul-2013

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Dentro del proceso penal que se sigue contra Juana Molina Mamani por la presunta comisión del delito de tráfico de sustancias controladas por el que fuera imputada el 27 de octubre de 2012, el 5 de abril de 2013, se le otorgó cesación a la detención preventiva, fijándose como una de las medidas sustitutivas impuestas, la presentación de dos garantes fiables y abonables, misma que la parte accionante, considera incumplible.

Agrega que, por providencia de 9 de abril de 2013, se señaló audiencia para horas 11:00 del 12 del indicado mes y año, acto que habiendo sido instalado fue suspendido por la autoridad jurisdiccional en mérito a solicitud del Fiscal de Materia asignado al caso, no obstante que dicha audiencia al encontrarse de por medio un derecho fundamental como la libertad, debió llevarse a cabo aún en ausencia del Ministerio Público, que por disposición del principio de unidad estaba obligado a asistir al acto a través de otro Fiscal, máxime si todos los actos de comunicación respecto a la celebración de dicho actuado habían sido cumplidos; por lo que, el demandado, al haber suspendido la audiencia de manera injustificada, ha afectado seriamente el derecho a la libertad de Juana Molina Mamani, al ocasionar una dilación innecesaria en el tratamiento y resolución de su situación jurídica.