SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1132/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1132/2013

Fecha: 18-Jul-2013

1)

La parte accionante mediante su abogado, en uso de la palabra dijo: 1) No se planteó acción de amparo constitucional contra el Auto de Vista 181/2011de 23 de agosto, al haberse logrado la revocatoria parcial, y en ese sentido, el Juez Décimo de Partido en lo Civil y Comercial, en cumplimiento de dicho Auto, emitió una resolución que saneó el proceso; 2) El ejecutante pretende cobrar intereses convencionales del 35%, sin embargo de que el documento base, no establece un interés convencional, debiendo estarse al art. 411 del CC (interés legal); 3) Existe el Auto de 18 de agosto de 2008, que anula precisamente el decreto de 12 de abril de ese año, que aprobó la liquidación en base al 35% de interés convencional que no establece el contrato; 4) El Juez Décimo de Partido en lo Civil y Comercial, saneó el proceso y dispuso que el Juez, en cumplimiento al art. 432 del CPC, nombre un perito, se realice el avaluó correspondiente y se cuantifique la liquidación de capital, multas e interés, en base al interés legal que es el de 6% anual y no en base al 35%; y, 5) El Auto de Vista 358 es ilegal, porque anula el Auto de 1 de agosto del mismo año, al haberse apartado del contenido objetivo del Auto de 18 de agosto de 2008, que garantizó la ejecución de Sentencia.