SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1132/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1132/2013

Fecha: 18-Jul-2013

denegó

La Sala Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, por Resolución 39 de 19 de febrero de 2013, cursante de fs. 243 vta., a 246, denegó la tutela solicitada; con el siguiente argumento: a) El accionante expuso abundantes fundamentos relacionados a Autos de Vista, Autos interlocutorios, la colisión con el Auto de 18 de agosto de 2008, así también olvidándose que el Auto, motivo de la presente acción, no es ninguno de los anteriores, sin indicar cuáles los derechos que los Vocales demandados habrían vulnerado a momento de dictar su fallo, no precisa si esta resolución le causó indefensión, carece de valoración, si se pronunciaron sobre los puntos de hecho apelados, o si se le negó el acceso al expediente; es decir, no indica en lo absoluto qué derechos fundamentales o subprincipios relacionados al debido proceso fueron vulnerados, a efectos de que el Tribunal de garantías tenga los suficientes elementos para dejar sin efecto la Resolución de 30 de octubre de 2012; y, b) La jurisdicción constitucional no es revisora de fallos pronunciados por los tribunales ordinarios con plena jurisdicción y competencia, no es una instancia casacional, ya que lo que solicita es que se apruebe una liquidación y el pago de cierto tipo de intereses.