Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1164/2013
Fecha: 30-Jul-2013
II.4.
II.4. El 26 de marzo de 2013, se realizó la audiencia de violencia familiar, donde no se pudo conciliar entre ambas partes y finalizada la misma, la Jueza demandada, emitió la Resolución ordenando el arresto de la accionante por el tiempo de veinticuatro horas en celdas de la policía provincial de Arani, por incumplir el acuerdo de acta de 27 de septiembre de 2011, quedando las partes legalmente notificadas en la audiencia. Resolución que fue apelada por la nombrada en la misma audiencia, siendo concedida en el efecto suspensivo ante el superior en grado (fs. 24 y vta.).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- conceda
- i)
- a)
- “improcedente”
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2.
- III.2.1. La Constitución Política del Estado y los derechos a la libertad personal y a la vida
- III.2.2. De la acción de libertad
- III.3. La acción de libertad y la garantía del debido proceso
- III.4. Sobre el derecho a la defensa
- III.5. Normativa legal que regula la aplicación de sanciones por violencia en la familia o doméstica
- la última que consiste en la privación de libertad por un plazo que será fijado por el juez;
- III.6. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo