Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1164/2013
Fecha: 30-Jul-2013
II.5.
II.5. Por Auto de 28 de marzo de 2013, el Juez de Partido Mixto y de Sentencia Penal de Arani del departamento de Cochabamba -ahora demandado-, confirmó la Resolución de 26 de igual mes y año, con el fundamento que no se causó agravios ni atentó contra derecho alguno, puesto que la Jueza demandada en estricto apego a la ley procedió a ejecutar el punto tres del acta de 27 de septiembre de 2011, imponiendo el correspondiente arresto de la accionante (fs. 29).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- conceda
- i)
- a)
- “improcedente”
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2.
- III.2.1. La Constitución Política del Estado y los derechos a la libertad personal y a la vida
- III.2.2. De la acción de libertad
- III.3. La acción de libertad y la garantía del debido proceso
- III.4. Sobre el derecho a la defensa
- III.5. Normativa legal que regula la aplicación de sanciones por violencia en la familia o doméstica
- la última que consiste en la privación de libertad por un plazo que será fijado por el juez;
- III.6. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo