Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1165/2013
Fecha: 30-Jul-2013
II.3.
II.3. Por oficio de 13 del mismo mes y año, el Interventor de la Terminal Bimodal, hace conocer a los trabajadores su desconocimiento total al Sindicato, y que ha adoptado la decisión de que en adelante, “no se recibirá (…) ni una sola carta más de ese sindicato, no se tendrá ni una sola reunión con ellos” (sic) y que iniciará todas las acciones legales en contra de supuestos abusos y atropellos que se estuviesen cometiendo (fs. 14 a 16).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1)
- otorga
- iii)
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. El derecho al trabajo en el nuevo orden constitucional
- Fragmento 15
- Fragmento 16
- III.3. La reincorporación del trabajador conforme a la norma laboral
- Fragmento 18
- III.4. Análisis en el caso concreto
- conminó a la administración de la Terminal Bimodal, la reincorporación laboral de los accionantes
- CONFIRMAR