Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1165/2013
Fecha: 30-Jul-2013
II.7.
II.7. El demandado por memorial presentado, el 18 de diciembre de 2012, ante el Juez de Partido de Trabajo y Seguridad Social, presentó impugnación contra la conminatoria laboral sobre la reincorporación de los accionantes a sus fuentes de trabajo, arguyendo que los mismos habrían cometido diversas faltas dentro de la empresa, también indicó que la Jefatura Departamental de Trabajo no le notificó y que se parcializó, ya que su competencia se limita a conciliar a las partes y no conminar la reincorporación (fs. 74 a 77 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1)
- otorga
- iii)
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. El derecho al trabajo en el nuevo orden constitucional
- Fragmento 15
- Fragmento 16
- III.3. La reincorporación del trabajador conforme a la norma laboral
- Fragmento 18
- III.4. Análisis en el caso concreto
- conminó a la administración de la Terminal Bimodal, la reincorporación laboral de los accionantes
- CONFIRMAR