Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 1187/2013
Fecha: 31-Jul-2013
II.2.
II.2. Por memorial presentado el 13 de noviembre de 2012, Ninfa Santos Puma, solicita al Juez de Instrucción Mixto de Vitichi, la homologación del documento transaccional de asistencia familiar precedentemente señalado; consecuentemente el referido Juez mediante Auto de 14 de igual mes y año admitió la demanda y corrió en traslado a Julián Pedro Santos, para que conteste en el plazo de cinco días (fs. 166 a 167).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional y su naturaleza jurídica
- III.2. De los derechos de los niños, niñas y adolescentes
- el art. 58 de la CPE, son titulares de todos estos y otros derechos; es decir, el constituyente instituyó que con carácter preferente los menores sean privilegiados en la aplicación de ellos, tal argumentación permite sostener que, principalmente los administradores de la justicia, a momento de aplicar e interpretar las normas -en aquellos casos donde estén comprometidos intereses de menores- deben hacerlo en la medida que les sea lo más favorable y menos gravoso posible para ellos
- La asistencia familiar se define como la prestación a la que están obligadas determinadas personas, en favor de sus parientes o afines, para que con ella puedan subvenir o socorrer al sustento y otras necesidades importantes que garanticen la existencia digna de una persona
- Si el beneficiario es menor de edad, esta asistencia también comprende los gastos de educación y los necesarios para que adquiera una profesión u oficio'.
- Fragmento 19
- para lograr el cumplimiento de sus efectos jurídicos, en caso de que una de ellas se resista a hacerlo, pueda acudirse ante la autoridad judicial competente a efectos de solicitar su homologación para exigir su cumplimiento, a cuyo efecto el Juez competente se limitará a examinar si se cumplieron los requisitos exigidos por ley para la validez de la transacción y estando cumplidos la homologará
- Fragmento 21
- III.5. Sobre el debido proceso
- el principio general de legalidad, como elemento esencial del Estado de Derecho
- Fragmento 24
- el debido proceso ha sufrido una transformación de un concepto abstracto que perseguía la perfección de los procedimientos,
- CONFIRMAR