SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 1187/2013
Fecha: 31-Jul-2013
II.3.
II.3. A través de memorial de 5 de diciembre de 2012, Luz María Vicuña Encinas en representación legal de Julián Pedro Santos, respondió a la demanda manifestando que evidentemente su mandante suscribió el acuerdo transaccional de asistencia familiar en la Defensoría de la Niñez y Adolescencia del Gobierno Autónomo Municipal de Vitichi; el cual fue cumplido por su parte de acuerdo a sus posibilidades, sin embargo actualmente no tiene trabajo por lo que contesta de forma negativa y contradictoria, oponiéndose a la homologación del mismo y proponiendo a su vez una asistencia familiar de Bs100.- por hijo; por lo que, el Juez de la causa mediante decreto de 6 de igual mes y año, tiene por respondida la demandada y conforme al art. 63 de la LAPCAF, señaló audiencia para el 20 del indicado mes y año, a horas 9:30 (fs. 170 a 171), la cual fue suspendida por solicitud de la parte demandante, previa justificación presentada, fijándose una nueva para el 10 de enero de 2013 (fs. 174 y vta.; y 176 a 177 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional y su naturaleza jurídica
- III.2. De los derechos de los niños, niñas y adolescentes
- el art. 58 de la CPE, son titulares de todos estos y otros derechos; es decir, el constituyente instituyó que con carácter preferente los menores sean privilegiados en la aplicación de ellos, tal argumentación permite sostener que, principalmente los administradores de la justicia, a momento de aplicar e interpretar las normas -en aquellos casos donde estén comprometidos intereses de menores- deben hacerlo en la medida que les sea lo más favorable y menos gravoso posible para ellos
- La asistencia familiar se define como la prestación a la que están obligadas determinadas personas, en favor de sus parientes o afines, para que con ella puedan subvenir o socorrer al sustento y otras necesidades importantes que garanticen la existencia digna de una persona
- Si el beneficiario es menor de edad, esta asistencia también comprende los gastos de educación y los necesarios para que adquiera una profesión u oficio'.
- Fragmento 19
- para lograr el cumplimiento de sus efectos jurídicos, en caso de que una de ellas se resista a hacerlo, pueda acudirse ante la autoridad judicial competente a efectos de solicitar su homologación para exigir su cumplimiento, a cuyo efecto el Juez competente se limitará a examinar si se cumplieron los requisitos exigidos por ley para la validez de la transacción y estando cumplidos la homologará
- Fragmento 21
- III.5. Sobre el debido proceso
- el principio general de legalidad, como elemento esencial del Estado de Derecho
- Fragmento 24
- el debido proceso ha sufrido una transformación de un concepto abstracto que perseguía la perfección de los procedimientos,
- CONFIRMAR