Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0195/2013-RCA
Fecha: 30-Ago-2013
Fragmento 1
En revisión la Resolución 138/2013 de 1 de abril, cursante de fs. 71 a 73, pronunciada dentro la acción de amparo constitucional interpuesta por Roger Humberto Uñoja Chungara y Allan Manuel Navia Montaño contra Benjamín Saúl Rosas Ferrufino, Rector de la Universidad Autónoma Gabriel René Moreno (UAGRM); Aníbal Melgar Solares, Director; y, Catty Cuellar Paz, Inspectora, ambos de la Jefatura Departamental de Trabajo, Empleo y Previsión Social de Santa Cruz.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que motivan la acción
- I.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.3. Petitorio
- improcedencia “in limine”
- Fragmento 6
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata
- un daño irremediable e irreparable a producirse
- II.2. Requisitos en la presentación de la acción de amparo constitucional (art. 33 del CPCo)
- II.3.
- corresponde la conminatoria de reincorporación en los términos previstos en esta norma
- se conminará al empleador a la reincorporación inmediata al mismo puesto que ocupaba la trabajadora o trabajador al momento del despido
- II.3.1. Del cumplimiento de requisitos de admisibilidad