Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0195/2013-RCA
Fecha: 30-Ago-2013
II.2. Requisitos en la presentación de la acción de amparo constitucional (art. 33 del CPCo)
1. Nombre, apellido y generales de quien interpone la acción o de su representante legal, acompañando en este último caso, la documentación que acredite su personería. En el caso de terceras personas que tengan interés legítimo, deberán acreditar el interés alegado. Además, deberá indicarse la dirección de un correo electrónico u otro medio alternativo de comunicación inmediata.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que motivan la acción
- I.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.3. Petitorio
- improcedencia “in limine”
- Fragmento 6
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata
- un daño irremediable e irreparable a producirse
- II.2. Requisitos en la presentación de la acción de amparo constitucional (art. 33 del CPCo)
- II.3.
- corresponde la conminatoria de reincorporación en los términos previstos en esta norma
- se conminará al empleador a la reincorporación inmediata al mismo puesto que ocupaba la trabajadora o trabajador al momento del despido
- II.3.1. Del cumplimiento de requisitos de admisibilidad