Sentencia: 0890/2013-L de 16 de agosto
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Sentencia: 0890/2013-L de 16 de agosto

Fecha: 16-Ago-2013

Fragmento 20

         De tales antecedentes se evidencia que la referida Ley, 3697 de 4 de junio de 2007, que instruye la transferencia a título gratuito del Mercado “Salvador Sánchez”, a la Asociación de Comerciantes Minoristas Salvador Sánchez Vargas y Micro Mercado “el Morro”, fue cuestionada por el Gobierno Autónomo Municipal de Sucre, que solicitó su abrogatoria, con el fundamento que tanto la Constitución como la Ley de Municipalidades no permiten una transferencia gratuita de un bien inmueble de propiedad de una entidad pública. En ese entendido el cumplimiento de dicha ley, afectará los intereses del Gobierno Municipal ahora demandado y por ende del pueblo en su integridad causándole un daño económico irreparable, en beneficio de un grupo de comerciantes, más aún si se toma en cuenta el costo y los ingresos que genera dicho inmueble al Gobierno Municipal demandado que de decir de la documentación referida anteriormente, aproximadamente ascienden a los dos millones de dólares americanos. Aspecto que debió ser tomado en cuenta en la SCP0890/2013-L de 16 de agosto de la que ahora se es disidente, todo dentro del marco de su labor fiscalizadora prevista en el art. 39 de la Ley del Procedimiento Constitucional (LPCo.).