CONFIRMAR
Consecuentemente, la suscrita Magistrada no comparte los razonamientos ni la decisión asumida en la SCP 1050/2013-L de 29 de agosto, siendo más bien partidaria de CONFIRMAR la Resolución 164 de 19 de diciembre de 2011, cursante de fs. 17 vta. a 18 vta., pronunciada por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior de Distrito Judicial -ahora Tribunal Departamental de Justicia- de Santa Cruz; y, en consecuencia, CONCEDER la tutela solicitada, en base a los fundamentos jurídicos precedentemente expuestos.
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- REVOCÓ
- Fragmento 3
- un voto disidente implica un desacuerdo que incide y se traduce en el decisum o decisión, o en una ratio decidendi o rationes decidendis,
- I.
- debió conceder
- primero
- III.3.1. Sobre el incumplimiento a la inamovilidad laboral por parte del empleador
- no podrán ser
- Las normas laborales se interpretarán y aplicarán bajo los principios de protección de las trabajadoras y de los trabajadores
- inversión de la prueba
- CONFIRMAR
