Sentencia: 1050/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Sentencia: 1050/2013-L

Fecha: 29-Ago-2013

Las normas laborales se interpretarán y aplicarán bajo los principios de protección de las trabajadoras y de los trabajadores

Ya que si el Tribunal Constitucional Plurinacional, procediera a revisar de oficio, los hechos, datos y las circunstancias denunciadas, así como los derechos vulnerados, (en otros términos, el fondo de lo resuelto en la conminatoria), se llegaría a convertir en una instancia más al interior del proceso administrativo, con el riesgo de que, al arrogarse atribuciones de un tribunal de alzada, pueda modificar o dejar sin efecto la conminatoria emitida por la jefatura departamental de trabajo, bajo el fundamento de que se realizó una errónea valoración de los datos del proceso y con el criterio de que debe obtenerse la verdad material por encima de la formal; lo cual, iría en contra y desmedro de la mujer embarazada y/o padre progenitor, que adquirió una conminatoria a su favor, puesto que al acudir al Tribunal Constitucional Plurinacional, solicitando tutela por incumplimiento de la misma, se estaría procediendo más bien, a reformar en su perjuicio la primigenia resolución adoptada por la entidad administrativa del trabajo, vulnerándose de esa manera lo dispuesto por el art. 48.II de la CPE, que dice: 'Las normas laborales se interpretarán y aplicarán bajo los principios de protección de las trabajadoras y de los trabajadores como principal fuerza productiva de la sociedad; de primacía de la relación laboral; de continuidad y estabilidad laboral; de no discriminación y de inversión de la prueba a favor de la trabajadora y del trabajador'; no pudiendo interpretarse por ello, las normas laborales en desmedro de este grupo vulnerable de personas” (las negrillas están añadidas).