Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0769/2013-L
Fecha: 01-Ago-2013
I.3. Consideraciones de Sala
Por mandato de las normas previstas por el art. 20.I y II de la Ley 212 de 23 de diciembre de 2011; la Sala Plena del Tribunal Constitucional Plurinacional, conformó la Sala Liquidadora Transitoria, posesionando a los Magistrados de la misma, el 15 de febrero de 2012, a objeto de la liquidación de las acciones tutelares ingresadas a los Tribunales de garantías hasta el 31 de diciembre de 2011, modificada por la Disposición Transitoria Segunda del Código Procesal Constitucional vigente desde el 6 de agosto de 2012. Con la referida competencia, se procedió al sorteo de la presente causa, dictándose Resolución dentro de plazo.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- conceda
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- 1)
- i)
- I.2.5. Resolución
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- III.1. El Derecho Comunitario internacional
- Fragmento 15
- III.2. El Acuerdo de Cartagena y la Comunidad Andina
- III.3. El Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina
- asegurar
- III.4. La sede central de la Universidad Andina “Simón Bolívar” en Bolivia
- Fragmento 20
- procedimiento judicial
- CONFIRMAR