SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0769/2013-L
Fecha: 01-Ago-2013
III.3. El Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina
Conforme el “Acuerdo de Cartagena”, el Tribunal de Justicia es el órgano jurisdiccional de la Comunidad Andina (art. 40). Este órgano fue creado en forma posterior a la creación de la Comunidad Andina, su documento de creación se suscribió el 28 de mayo de 1979 y entró en vigencia luego de la ratificación de los países miembros el 19 de mayo de 1983 y entró en funciones oficialmente el 5 de enero de 1984; por Ley 1872 del 15 de junio de 1998, Bolivia aprobó y ratificó el Protocolo Modificatorio del Tratado de Creación del Tribunal de Justicia del Acuerdo de Cartagena (Protocolo de Cochabamba), suscrito en la ciudad de Cochabamba el 28 de mayo de 1996, mismo que entró en vigencia el 25 de agosto de 1999, fecha en la cual quedaron depositados todos los instrumentos de ratificación en la Secretaría General de la Comunidad Andina. Asimismo, el protocolo Modificatorio del “Acuerdo de Cartagena” aprobado en Trujillo entró en vigencia el 2 de junio de 1997.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- conceda
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- 1)
- i)
- I.2.5. Resolución
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- III.1. El Derecho Comunitario internacional
- Fragmento 15
- III.2. El Acuerdo de Cartagena y la Comunidad Andina
- III.3. El Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina
- asegurar
- III.4. La sede central de la Universidad Andina “Simón Bolívar” en Bolivia
- Fragmento 20
- procedimiento judicial
- CONFIRMAR