SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0789/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0789/2013-L

Fecha: 08-Ago-2013

III.5. Otras consideraciones

Respecto a la Resolución de 7 de noviembre de 2011, pronunciada por la Sala Penal Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, por la que se hubiese confirmado la Resolución de 31 de agosto del mismo año; cabe indicar, que como en los casos, relacionados a denuncias sobre el control de legalidad de las aprehensiones, no es exigible para la activación de la acción de libertad, que previamente se haya tenido que apelar la resolución del Juez cautelar que declaró la legalidad o ilegalidad de la aprehensión; no corresponde emitir pronunciamiento alguno, sobre la referida resolución, en razón a que independientemente a dicho fallo, el Tribunal Constitucional Plurinacional, se manifestará en el fondo de los hechos denunciados, más aún, si en obrados no cursa aquella resolución de alzada.