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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0853/2013-L
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0853/2013-L

    Fecha: 14-Ago-2013

    II.8.

    II.8.    Proveído de 16 de marzo de 2011, por el que la Jueza ahora demandada, repuso el Auto de fs. 143 vta. y complementó la Resolución 299/2010 condenando con costas a la parte demandante; en cuanto al levantamiento de retención de fondos, ordenó que con las resultas de la apelación se dispondría lo que correspondiere  (fs. 44).

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • 1)
    • i)
    • concedió
    • I.3. Consideraciones de Sala
    • II.3.
    • II.4.
    • II.6.
    • II.7.
    • II.8.
    • II.9.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
    • III.2.   La
    • De lo referido anteriormente se concluye que la legitimación pasiva en la acción de amparo constitucional consiste en plantear la demanda contra la persona o autoridad que lesionó o causo el agravio al accionante, toda vez que es ella quien debe subsanar dicha lesión
    • III.3.       Análisis del caso concreto
    • 2°

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