Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0893/2013-L
Fecha: 19-Ago-2013
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante, alega la vulneración de sus derecho al trabajo, a la estabilidad laboral, “seguridad jurídica” y al debido proceso; por cuanto, fue contratada por la UAGRM para que asuma la función Auxiliar Administrativo I; sin embargo, fue destituida de sus funciones; por lo que acudió a la Jefatura Departamental de Trabajo, instancia que emitió la RA 105/2010, disponiendo la reincorporación a su fuente laboral; empero, la entidad Universitaria incumplió con dicha disposición.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1)
- concedió
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.3.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. En cuanto a la protección del trabajo y a la estabilidad laboral a través de la instancia constitucional
- III.3. Las reformas legales en materia laboral
- IV. La conminatoria es obligatoria en su cumplimiento a partir de su notificación y únicamente podrá ser impugnada en la vía judicial, cuya interposición no implica la suspensión de su ejecución.
- III.4. Análisis del caso concreto